Ampliación plazo declaración de residuos
El Ministerio del Medio Ambiente informa que producto de la actual contingencia nacional asociada al COVID19 y de la implementación de la nueva plataforma Ventanilla Única del RETC, se realiza una ampliación del plazo de declaración de residuos, extendido la fecha de este reporte anual del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) hasta el día 30 de abril de 2020.
Esto rige para todos los establecimientos del territorio nacional que tienen la obligación de declarar, como generadores y/o destinatarios de residuos, como también para los municipios.
La disposición excepcional se encuentra fundada en la Resolución Exenta 0282/2020 MMA.
REGLAMENTO DEL RETC
Recordar que el Reglamento del RETC (DTO 1/2013) establece lo siguiente:
Generador de Residuos. Los establecimientos que generen anualmente más de 12 toneladas de residuos estarán obligados a declarar al 30 de marzo de cada año sus residuos generados el año anterior, a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
Destinatarios de Residuos. Los destinatarios de residuos, que reciban anualmente más de 12 toneladas de residuos, deberán declarar los residuos recepcionados el año anterior a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), al 30 de marzo de cada año.
En ARCHON te damos soluciones y apoyamos en este y otros servicios, los puedes revisar en nuestra página aquí www.archon.cl


