Fiscalización Ambiental
¿QUÉ ES LA SMA?
En el contexto de la Institucionalidad ambiental actual en Chile, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) cumple un rol fiscalizador y de sanción sobre los instrumentos de gestión ambiental vigentes en el país. https://portal.sma.gob.cl/
¿Qué fiscaliza la SMA?
La SMA fiscaliza aquellos proyectos y/o actividades que se encuentren afectos a instrumentos de carácter ambiental establecidos, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2° de la Ley Orgánica de la SMA. http://bcn.cl/1vqbz
- Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA)
- Planes de Prevención y Contaminación
- Normas de Emisión
- Normas de Calidad
- Programas de Cumplimiento
¿CÓMO FISCALIZA LA SMA?
Existen tres actividades dentro del concepto fiscalización ambiental:
a) Inspección Ambiental propiamente tal, que corresponde a una actividad de constatación directa
de hechos en terreno.
b) Examen de la Información, que corresponde a la revisión y análisis de documentación o
información en gabinete.
c) Medición y Análisis, que corresponde a la toma de muestras en instalaciones o fuera de éstas,
y su análisis posterior.
Las fiscalizaciones pueden ser realizadas directamente por la SMA, mediante los organismos del estado con competencia ambiental de la Red Nacional de Fiscalización Ambiental o por medio de terceros autorizados, llamadas entidades técnicas de fiscalización ambiental (ETFAS).
Una vez concluida una actividad de inspección ambiental propiamente tal, se confeccionará un Acta de Inspección Ambiental que contendrá todos los hechos constatados en dicha actividad. Con posterioridad, se elaborará un Informe de Fiscalización, que contendrá un análisis completo de la visita de inspección recogiendo, en los casos que corresponda, los resultados de los análisis de información y/o mediciones que se hubieran llevado a cabo. En caso de identificar hallazgos, el informe es derivado a la División de Sanción y Cumplimiento, de lo contrario, se publica directamente en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).
¿Cuándo FISCALIZA LA SMA?
La Superintendencia del Medio Ambiente, y los organismos colaboradores en la Fiscalización Ambiental, podrán fiscalizar una instalación y/o un proyecto las veces que sea necesario, ya sea en el marco de la ejecución de los Programas de Fiscalización Ambiental, o si toman conocimiento, a través de cualquier medio o denuncia, de posibles incumplimientos o infracciones.
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